¿Sabes cómo evitar sobrecostos en la facturación?

De energía reactiva a energía eléctrica

Un vaso de cerveza tiene una buena cantidad de líquido y un poco de espuma.
Asumamos que el líquido de la cerveza es la energía activa, la que genera un trabajo útil y la espuma sería la energía reactiva, que es requerida por equipos que necesitan de campo eléctrico o magnético para su funcionamiento.

En conclusión, se desea que en el vaso (redes eléctricas) haya mucho más líquido, que espuma, por lo tanto, la energía reactiva se puede entender como la que ocupa espacio en las mismas, pero no es útil para el trabajo.

Según la CREG 015 2018 toda instalación eléctrica debe: 

  • Factor de potencia debe de estar entre 0.90 ≤ FP ≤1
  • Si la energía reactiva supera el 50% de la energía activa durante 10 días, el exceso​ ​será penalizado en ese período.
  • Cuando la energía reactiva es superior al 50% de la energía activa por más de 10 días, será​ ​penalizado y un factor M (Factor Multiplicador) se incrementará en 1 unidad.
  • El factor M se incrementa de 1 en 1 hasta alcanzar un valor de 12.
  • Si inyecta energía reactiva capacitiva a la red, toda esta energía será penalizada y facturada. 

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